Descripción
Servicio de consultas diarias sobre la sección IV del Boletín Oficial del Estado
Estará informado inmediatamente de cualquier situación judicial o concursal publicada en el BOE de forma automática sin hacer nada, simplemente recibirá una alerta con la notificación y el acceso a la publicación, de esa manera, tomará ventaja ya que podrá llevar a cabo todas las acciones oportunas que más favorezcan a sus intereses con tiempo suficiente dentro de los plazos establecidos.
¿Qué ventajas tiene estar informado a tiempo de la situación concursal de una empresa de su cartera?
Disponer de la información concursal desde el primer día de su publicación le permitirá realizar las siguientes acciones, entre otras, para reducir la deuda y minimizar al máximo el impacto financiero derivado de sus relaciones comerciales con empresas que han entrado o puedan entrar en quiebra:
- Notificar los créditos al administrador concursal dentro del plazo establecido, para que sean incluidos dentro de la lista de acreedores
- Suspender o ajustar las relaciones comerciales para no incrementar la deuda
- Rectificar el IVA en dudoso cobro y recuperar el IVA no cobrado
¿Cuáles son los plazos establecidos dentro del proceso concursal?
Generalmente, el plazo para poder notificar los créditos al administrador concursal, a través del juzgado, y para poder rectificar el IVA en dudoso cobro es de un mes a contar desde la fecha de la última publicación concursal en el BOE. En algunos casos, donde el procedimiento concursal es abreviado, el plazo es de solo 15 días desde la fecha de publicación en el BOE.
Diariamente serán consultados los NIF aportados mediante nuestro sistema automático de consultas sobre el BOE. Recibirá por correo electrónico un link al documento del BOE en formato PDF con la publicación relacionada con alguno de los NIF aportados.
- Consultas diarias: 500
- Duración del Servicio: 6 meses
- BOE: Seccion IV del BOE – Administración de Justicia